¿Cómo y quién decide si una alumna o un alumno tiene altas capacidades?
Las altas capacidades necesitan una atención especial en el aula: poder indentificarlas no siempre es fácil.
Cuando una alumna o alumno destaca entre sus iguales por un potencial elevado en alguna de las áreas del desempeño humano, tanto la familia como la escuela tienen la responsabilidad de detectar y desarrollar este potencial. Ya se encuentre este potencial elevado en el ámbito del nivel intelectual, en el de la creatividad o en el de la persistencia en tareas complejas (o en los tres), el rendimiento académico de dicho alumno no debe ser la principal preocupación, sino su desarrollo social y emocional.
Estas altas capacidades constituyen una necesidad específica de apoyo educativo y por lo tanto deben ser tenidas en cuenta con adaptaciones del currículum. Pero la manera de detectarlas y definirlas está lejos de seguir un camino único y claro. No solo entre diferentes países sino incuso dentro del mismo país, como ocurre en España.
Una posible clasificación
Hay tres características que son consideradas definitorias de altas capacidades intelectuales, en general marcadas por un cociente de inteligencia igual o superior al 130 según la Escala Weschler:
- Precocidad intelectual: supone un desarrollo cognitivo más rápido del resto del alumnado de su misma edad, hasta los 7-8 años.
- Talento: el alto potencial se manifiesta en una o varias de las áreas del desempeño humano.
- Superdotación: el alto potencial se manifiesta en todas las áreas del desempeño humano.
El informe psicopedagógico
La evaluación psicopedagógica recoge, analiza y evalúa la información relevante sobre el alumno o alumna en cuestión y los distintos elementos que intervienen en el proceso de enseñanza y aprendizaje, para identificar sus necesidades educativas.
Además, si tenemos en cuenta la definición de altas capacidades, cualquier informe psicopedagógico debe recoger estos tres ámbitos de evaluación: el ámbito intelectual o aptitudinal, el pensamiento divergente y la creatividad y la personalidad y ajuste socioemocional.
En España, la competencia y responsabilidad de la valoración de la alta capacidad intelectual corresponde a la jefatura del departamento de orientación, con la colaboración, en su caso, de los equipos de orientación específicos.
Debe contar con la participación del docente tutor, del profesorado que atiende al alumnado, de la familia y, en su caso, de otros profesionales.
Evaluación y acompañamiento
Podemos distinguir dos modalidades de informes psicopedagógicos: los realizados en los centros educativos, sean públicos, concertados o privados, y los realizados por gabinetes externos. Estos últimos nacen de la necesidad de padres, madres o familias de cubrir las necesidades que los centros educativos no pueden atender.
Además de la realización de informes, estos gabinetes cuentan con servicios integrales para ayudar a este alumnado a potenciar el talento o, incluso, a trabajar posibles necesidades o debilidades que presente cada niña o niño, ya sea de índole social, personal o académica.
Colegios con otras prioridades
Las altas capacidades no suelen ser un área prioritaria en los colegios, que se ocupan de estas situaciones sobre todo cuando necesitan adaptar los contenidos al alumno evaluado o, también, cuando manifiesta un comportamiento disruptivo en el aula.
Esto puede verse reflejado en el gráfico que muestra el Ministerio de Educación y Formación Profesional español, donde nos encontramos a 40 916 niños y niñas con altas capacidades frente a 198 186 con trastornos de aprendizaje.
Si tenemos en cuenta los porcentajes, en España actualmente hay un 0,7 % de alumnado identificado. Es significativamente menos del 2 % o 3 % que indica, como media de una población, la campana de Gauss de la inteligencia de la Escala Weschler.
Además, podemos encontrar valores más altos en discapacidad intelectual (66 266) o en trastornos del espectro autista (69 002).
¿Qué validez tienen los informes?
La ley no obliga a aceptar los resultados de los informes psicopedagógicos externos, por lo que puede ocurrir que los equipos directivos y departamentos de orientación no los acepten.
Por este motivo, lo ideal sería que una vez obtenido el informe externo, el centro educativo realizara una prueba de inteligencia distinta para comprobar que los datos aportados sean correctos. Si, por el contrario, los datos no coinciden con los del informe externo, se deberá esperar dos años para realizar de nuevo otro informe psicoeducativo.
Esta afirmación no está contemplada en ninguna ley educativa, pero cuando las familias o los docentes detectan algún rasgo característico de esta necesidad específica de apoyo educativo deben evaluar a dicho sujeto de la misma manera que se hace con los alumnos que presentan otras necesidades.
Otros países
En otro países, como Portugal, la identificación de las necesidades educativas especiales del alumnado y la toma de decisiones sobre las necesidades individuales recae exclusivamente sobre la escuela.
En EE. UU., los docentes evalúan los dominios o capacidades y comportamientos del alumnado a través de una escala de observación denominada Rating the Behavioral Characteristics of Superior Students, donde se miden características de aprendizaje, motivación, creatividad, liderazgo, artísticas, musicales, dramáticas, precisión y expresión de la comunicación y planificación. El estudio, la evaluación y la intervención de las altas capacidades tiene un recorrido más elevado que en España y, por tanto, su índice de identificados es en torno al 1-2 %. En este país, el índice intelectual se sitúa entorno a 125 en la escala de Weschler.
La falta de identificación en el alumnado con altas capacidades podría paliarse estableciendo la obligatoriedad de que docentes y departamentos de orientación evalúen al alumno o alumna en cuestión y determinen la intervención apropiada.
Aroa Otero Rodríguez, Investigadora en el departamento de Psicología Evolutiva y Comunicación, Universidade de Vigo
Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.
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